Política de no discriminación
Como parte de nuestro compromiso continuo por mantener un lugar de trabajo respetuoso, inclusivo y equitativo, nuestra organización defiende las normas establecidas en el artículo diecisiete (17) – Conducta indebida y sanciones, incluido el siguiente requisito:
“Participar en cualquier conducta que constituya acoso, novatadas, intimidación o discriminación contra cualquier persona o grupo de personas, ya sea en el lugar de trabajo o en el desempeño de las funciones laborales, o en las instalaciones o funciones del sindicato, o en cualquier entorno relacionado con lo anterior, o actuando como agente de esta Asociación, por motivos de raza, etnia, ascendencia, color, religión, edad, credo, origen nacional o ciudadanía, sexo (incluido el embarazo o la lactancia), género (incluida la identidad o expresión de género), orientación sexual, estado civil/parental/familiar, condición de militar o veterano, discapacidad, condición médica y características genéticas, u otra clase protegida legalmente”.”
Al aceptar este artículo, nos comprometemos a: